Decreto Ley 7/2024
Impuesto complementario y otras medidas.
La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, introdujo alguna modificación respecto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
1. Escala del ahorro.
Se eleva el tipo del ahorro a partir de 300.000€, del 28% al 30%, con efectos a partir del 1 de enero de 2025.
Esto supone que determinadas rentas, como podrían ser los dividendos y las ganancias patrimoniales, en la parte que supere los 300.000€ pasen a tributar al 30% (15% en la cuota estatal y 15% en la cuota autonómica).
2. Rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional.
Se establece una reducción del 30% cuando los rendimientos obtenidos por las actividades artísticas en el ejercicio excedan del 130% de los rendimientos medios obtenidos en los tres periodos impositivos anteriores. La reducción no podrá superar los 150.000€.
Esta reducción aplica tanto para los rendimientos del trabajo como los rendimientos de actividades económicas.
Por otro lado, esta Ley también modifica el sistema de devoluciones a los mutualistas, que se aprobó en 2024. Todas aquellas solicitudes de devolución que se presentaron en 2024 y que, a fecha de publicación de la Ley no se hubiera procedido a su abono, quedan sin efectos. Los contribuyentes tendrán que volver a presentar la solicitud, anualmente, a partir del periodo para liquidar el IRPF en el ejercicio 2025.+
Finalmente, si bien no ha sido una modificación incorporada por la Ley 7/2024, tenemos que recordar que el Real decreto ley 2/2024, de 21 de mayo, introdujo la obligación, para todas aquellas personas que percibe la prestación de desocupación, de presentar la declaración de IRPF como requisito para poder mantener la prestación, con independencia que se lleguen a los límites establecidos en la Ley de IRPF que obligan a presentar la declaración.
El incumplimiento y falta de declaración de IRPF supondrá la suspensión de la prestación.